18 DE SEPTIEMBRE DE 1810: ¡JUNTA QUEREMOS!

Gustavo Fiamma Olivares

INTRODUCCIÓN

“En 1808 Napoleón Bonaparte invadió España y tomó cautivo al rey Fernando VII, poniendo en su lugar a José Bonaparte, conocido como «Pepe Botella».

Para resistir a los franceses fue organizada en España una Junta Central con asiento en Sevilla, posteriormente reemplazada por el «Consejo de Regencia», que tenía entre sus funciones gobernar a las colonias americanas.

La reacción inmediata de la población chilena a las noticias de la Metrópoli fue de absoluta lealtad hacia el monarca preso. Sin embargo, hacia 1809, el dilema de la legitimidad del gobierno del pueblo español sobre un territorio que tenía una vinculación directa con la persona del rey, había encontrado dos respuestas entre los habitantes de Chile. Por un lado, estaban los realistas, quienes reconocían la soberanía de las instituciones españolas en reemplazo del rey y condenaban todo intento de formar un gobierno autónomo, aunque fuese en su nombre. Por otro lado, estaban los patriotas, quienes aun siendo fieles al monarca, creían en la retroversión hacia el pueblo de la soberanía regia, admitiendo la necesidad de formar una junta de gobierno propia. Esta tensión llegó a su punto álgido durante el gobierno del despótico gobernador García Carrasco, quién decretó la injusta captura y exilio de tres connotados vecinos. El ambiente comenzaba a inquietarse, y el surgimiento de un opúsculo con el nombre de Catecismo Político-Cristiano que llamaba a los criollos a asumir el control de su propio futuro en razón de la ausencia del Rey, caldeó más aún los ánimos de la aristocracia local.

Las gestiones del Cabildo de Santiago y la intervención de la Real Audiencia, deseosa de evitar la concreción de los planes juntistas del Cabildo, consiguieron en julio de 1810, la dimisión de García Carrasco en favor del militar de más alta graduación, a la sazón, Mateo de Toro y Zambrano. Antes de que llegara el nuevo gobernador, el Cabildo de Santiago consiguió autorización de su presidente para hacer un cabildo abierto, cursando la invitación correspondiente a los vecinos” (Inicios del proceso de Independencia en Chile: Primera Junta de Gobierno 1810, Biblioteca Nacional de Chile, memoriachilena.gob.cl).

La Excma. Junta Gubernativa del Reino de Chile, establecida el 18 de septiembre de 1810, “constituyó la primera forma autónoma de gobierno surgida en Chile desde la conquista española” (Ilustre Municipalidad de Maipú, 21 septiembre 2017).

I.-EL RELATO DEL “18” QUE HACE JAIME EYZAGUIRRE  

“LLegó al fin el anhelado día 18 de septiembre. Un sol alegre de primavera caía sobre la ciudad que comenzó a desperezarse muy de madrugada. Y es que no era posible conciliar el sueño, al menos en los barrios centrales, con el despliegue de tropas acordado por el gobierno para garantizar la ordenada celebración del Cabildo abierto. Una custodia particular se ejercía desde la plaza mayor hasta la próxima y pequeña del Consulado. En este edificio de severas líneas neoclásicas, obra del arquitecto Joaquín Toesca, existía una amplia sala de albas paredes donde celebraban sus periódicas asambleas los comerciantes de la capital, y en ella iba a realizarse ahora la importante reunión.

Poco a poco comenzaron a penetrar en el sobrio palacio los que habían sido agraciados con invitación especial para el acto: altos jefes de la administración, miembros del Cabildo eclesiástico, priores de las órdenes religiosas y vecinos del mayor rango nobiliario. Alrededor de las once de la mañana se encontraban ya congregadas cerca de cuatrocientas personas, reparándose desde luego la significativa falta del Regente de la Audiencia que debió concurrir en representación del alto tribunal. En esos momentos hizo su entrada el Conde de la Conquista junto con los Alcaldes y Regidores del Cabildo, que le venían acompañando desde su propia casa y avanzó hasta el dosel que presidía la sala en medio del silencio respetuoso de la concurrencia. Puesto de pie tras la amplia mesa, colocó sobre ella la insignia del poder y dijo a los asistentes, a manera de explicación, estas breves palabras: “Aquí está el bastón; disponed de él y del mando”. Y dirigiéndose en seguida a su asesor don José Gregorio Argormedo, que se hallaba a su lado, añadió: “Significad al pueblo lo que os tengo prevenido”.

Alzándose de su asiento el aludido habló entonces en los siguientes términos: “Señores: el muy ilustre señor Presidente hace a todos testigos de los eficaces deseos con que siempre ha procurado el lleno de sus deberes. La Real Orden de sucesión de mandos lo elevó al puesto que hoy ocupa; lo abrazó con el mayor gusto, porque sabía que iba a ser la cabeza de un pueblo noble, el más fiel y amante a su soberano, religión y patria. Persuadido de estos sentimientos, se ofrece hoy todo entero a ese mismo pueblo, aguardando en las circunstancias del día las mayores demostraciones de ese interés santo, leal y patriótico. En manos de los propios súbditos que tanto le han honrado con su obediencia, deposita el bastón y de todos se promete la adopción de los medios más ciertos de quedar seguros, defendidos y eternamente fieles vasallos del más adorable monarca Fernando. El ilustre Ayuntamiento los propondría primero; y todos, como amantes hermanos, propenderemos a un logro que nos hará honrados y felices. Este es el deseo y encargo del muy ilustre señor Presidente, y cuando yo he sido el órgano de manifestarlo, cuento por el más feliz de mis días el presente”.

Acalladas estas palabras la atenta asamblea escuchó el parecer del Cabildo, expuesto con abundancia de razones jurídicas por su abogado y procurador don José Miguel Infante. Comenzó él por recordar la gran crisis ocurrida en España y la vigorosa reacción del pueblo, que a la vez que luchaba por expeler al invasor, constituía una autoridad máxima para conservar los derechos del monarca cautivo. Primero había sido la Junta de Sevilla, después la Central y por último el Consejo de Regencia, destacando que con subordinación a estos organismos se habían organizado diversas juntas provinciales en la metrópoli. Pues bien, añadió el orador, “si se ha declarado (por el Consejo de Regencia) que los pueblos de América forman una parte integrante de la monarquía, si se ha reconocido que tienen los mismos derechos y privilegios que los de la península, y en éstos se han establecido juntas provinciales, ¿no debemos establecerlas también nosotros? ¡No puede haber igualdad cuando a unos se niega la facultad de hacer lo que se ha permitido a otros y que efectivamente lo han hecho! ¿Esperáis acaso un permiso expreso de la suprema autoridad que reside en la metrópoli? Pues aun ese permiso lo tenéis. En la proclama dirigida a los pueblos de América participándoles la instalación del Consejo de Regencia, se dice que la Junta de Cádiz servirá de modelo a los que quieran constituir igual gobierno. ¿No es este un verdadero permiso?”

Y luego de extenderse en otras consideraciones de carácter administrativo, Infante concluía con un llamado de concordia al bando opositor: “Señores europeos, estad firmemente persuadidos de que hombres inicuos han sido los que han procurado sembrar, discordias con el fin de haceros oponer al justo designio de los patricios. El ánimo noble y generoso de éstos no propende a otra cosa que a mantener una unión recíproca. Esto exigen los estrechos vínculos que nos unen; y así espero que conspiraréis de consuno al bien de la patria, uniformando vuestras ideas para el logro del importante y justo objeto sobre que van todos a deliberar”.

Un vocerío clamoroso de «¡Junta queremos!» ahogó las últimas palabras del orador. Era difícil imaginarse que en esa asamblea, tan cuidadosamente organizada por los reformistas, pudiera encontrar acogida seria la opinión contraria. Pero sus sostenedores no se daban por vencidos y ni siquiera estaban dispuestos a considerar la invitación conciliadora que les dirigía el Cabildo. Y así dos veces discordantes se atrevieron a alzarse en el recinto. Una fue la de don Manuel Manso, administrador general de aduana, que no tuvo tiempo de explayar sus argumentos adversos al discurso de Infante porque se lo impidió la grita ensordecedora de los contrincantes, y desesperado y furioso acabó por abandonar la sala. La otra, del castellano don Santos Izquierdo, caballero de la Orden de Montesa, tampoco halló mejor acogida. Se había acercado el peninsular al sitio de las autoridades para hacerse mejor oír en medio del tumulto, pero como era tartamudo apenas alcanzó a articular algunas palabras y agitar las manos, cuando se vio de nuevo restituido a su asiento por la mano firme e imperiosa del joven criollo don José Antonio Prieto, mientras seguía retumbando el grito de «¡Junta queremos!».

La resistencia estaba vencida y no quedaba más que rubricar los últimos detalles del golpe. De nuevo habló en nombre del Cabildo el Procurador Infante y expresó que la Junta pedida por el pueblo debía establecerse sobre la base de conservar en sus cargos a todos los funcionarios existentes y de mantener la obediencia al Consejo de Regencia, en lo que todos consintieron. Y luego propuso que se aclamara por Presidente perpetuo de la nueva Junta al Conde de la Conquista, lo que se hizo con gran júbilo, renovándose análogas manifestaciones después que Infante hubo indicado para el cargo de Vicepresidente al Obispo de Santiago, don José Antonio Martínez de Aldunate, y de vocales interinos hasta la reunión de un congreso de diputados de todas las regiones de Chile, a don Fernando Márquez de la Plata, don Juan Martínez de Rozas y don Ignacio de la Carrera.

Interpretando el sentir de un gran número de los concurrentes, el abogado don Carlos Correa de Saa, que había tenido activa parte en las reuniones preparatorias de la asamblea, propuso la agregación de otros dos vocales a la Junta, lo que se aceptó por aclamación, nombrándose en seguida por sufragio secreto al coronel don Francisco Javier de Reyna y a don Juan Enrique Rosales. Asimismo se concedió con aplauso unánime el rango de secretarios del nuevo Gobierno a don José Gregorio Argomedo y don José Gaspar Marín.

Todos los nombrados pasaron a prestar el juramento de “defender la patria hasta derramar la última gota de sangre para conservarla ilesa, hasta depositarla en manos del señor don Fernando VII, nuestro soberano, o de su legítimo sucesor; conservar y guardar nuestra religión y leyes; hacer justicia y reconocer al Supremo Consejo de Regencia como representante de la Majestad Real”. Una vez llenado este trámite, los miembros del Cabildo y las demás autoridades eclesiásticas, militares y civiles allí presentes, juraron en un solo acto obediencia y reconocimiento a la Junta de Gobierno, como legítima representante de los derechos de Fernando VII.

Alrededor de las tres de la tarde y en medio de entusiastas vivas se puso término a la asamblea. Acompañado de los señores del Cabildo y de numeroso público que lo aclamaba, el Conde de la Conquista regresó hasta su hogar, mientras las campanas de los templos echadas a vuelo, pregonaban la importante nueva hasta los últimos rincones de la ciudad. El alborozo fue así cundiendo y al llegar la noche, muchos linajes patricios exteriorizaron sus sentimientos adornando el frontis de las casas con luminarias, mientras una orquesta llegó con abundante escolta hasta la calle de la Merced a dar una serenata al Presidente que saboreaba el momento culminante de su larga existencia” (Jaime Eyzaguirre, El Conde de la Conquista, Editorial Jurídica de Chile, 1951, p. 203-208).

II.-.-ACTA DE LA INSTALACIÓN DE LA EXCELENTÍSIMA JUNTA GUBERNATIVA DEL REINO (TRANSCRIPCIÓN)

“En la muy noble y leal ciudad de Santiago de Chile, a diez y ocho días del mes  de septiembre del año mil ochocientos diez.

El muy Ilustre señor Presidente y señores del Cabildo congregados con todos los Jefes de todas las Corporaciones, Prelados de las Comunidades Religiosas y Vecindario Noble de la Capital, en la sala del Real Consulado: dijeron que siendo el principal objeto del Gobierno y del Cuerpo representante de la Patria el orden, quietud, y tranquilidad pública, perturbada notablemente en medio de la incertidumbre acerca de las noticias de la Metrópoli, que producían una divergencia peligrosa en las opiniones de los ciudadanos; se había adoptado el partido de conciliarlas a un punto de unidad convocándolos al majestuoso congreso en que se hallaban reunidos, para consultar la mejor defensa del Reino y sosiego común conforme a lo acordado: y teniendo a la vista el Decreto de treinta de Abril, expedido por el Supremo Consejo de Regencia en que se niega toda provisión y audiencia en materias de gracia y Justicia quedando solo expedito su despacho en las de guerra, con consideración a que la misma Regencia con su manifiesto de catorce de Febrero último ha remitido el de la instalación de la Junta de Cádiz advirtiendo a las Américas que esta podrá servir de Modelo a los Pueblos que quieran elegirse un Gobierno representativo digno de su confianza y suponiéndose que toda la discordia de la Capital provenía del deseo de igual establecimiento, con el fin de que se examinase y decidiese por todo el congreso la legitimidad de este negocio: oído el Procurador General que con la mayor energía expuso las Decisiones legales y que a este Pueblo asistía las mismas prerrogativas y derechos que a los de España para fijar un Gobierno igual especialmente cuando no menos que aquellos se halla amenazados de enemigos, y de las intrigas que hacen más peligrosa la distancia necesitado a precaverlas, y preparar su mejor defensa: con cuyos antecedentes, penetrado el muy Ilustre señor Presidente de los propios conocimientos, y a ejemplo de lo que hizo el señor Gobernador de Cádiz; depositó toda su autoridad en el Pueblo para que acordase el Gobierno más digno de su confianza y más a propósito a la observancia de las Leyes, y conservación de estos Dominios a su legítimo Dueño señor y desgraciado monarca el señor Don Fernando Séptimo en este solemne acto todos los Prelados Jefes, y Vecinos tributándole las más expresivas gracias por aquel magnánimo desprendimiento, aclamaron con la mayor efusión de su alegría y armoniosa uniformidad que se estableciese una Junta presidida perpetuamente del mismo señor Conde de la Conquista en manifestación de la gratitud que merecía a este Generoso Pueblo, que teniéndole a su frente se promete el Gobierno más feliz, la paz inalterable y la seguridad permanente del Reino: Resolvieron que se agregasen seis vocales que fuesen interinos, mientras se convocaban y llegaban los Diputados de todas las Provincias de Chile para organizar lo que debía regir en lo sucesivo, y procediendo a la elección de éstos propuestos en primer lugar el Ilustrísimo señor Don José Antonio Martínez de Aldunate, se aceptó con universal aprobación del Congreso: sucedió lo mismo con el segundo vocal el señor Don Fernando Márquez de la Plata del Supremo Consejo de la Nación: con el tercero Doctor Don Juan Martínez de Rozas: y cuarto vocal, el señor Coronel Don Ignacio de la Carrera, admitidos con los mismos vivas y aclamaciones sin que discrepase uno de más de cuatrocientos cincuenta vocales y procediendo luego a la elección por cédulas secretas de los dos Miembros que debían completar la Junta (porque se advirtió alguna deficiencia en los dictámenes) resultó la Pluralidad por el señor Coronel Don Francisco Javier de Reina y Maestre de Campo Don Juan Enrique Rosales, que manifestados al Público fueron recibidos con singular regocijo: con el que celebró todo el congreso la elección de dos Secretarios en los Doctores Don José Gaspar Marín, y don José Gregorio de Argomedo, que por su notoria literatura, honor y probidad se han adquirido toda la satisfacción del Pueblo: se concedió a los Secretarios el voto informativo (sic) acordándose que el mismo Escribano de Gobierno lo fuese de la Junta: se concluyeron y proclamaron las elecciones: Fueron llamados los electos, y habiendo prestado el Juramento de usar fielmente su Ministerio, defender este Reino hasta con la última gota de su sangre, conservarlo al señor Don Fernando Séptimo y reconocer el Supremo Consejo de Regencia fueron puestos en posesión de sus empleos: Declarando el Ayuntamiento, Prelados, Jefes. y Vecinos el tratamiento de excelencia que debía corresponder a aquella Corporación, y a su Presidente en particular, como a cada vocal el de señoría, la facultad de proveer los empleos vacantes y que vacaren, y a las demás que dictase la necesidad de no poderse ocurrir a la Soberanía Nacional. Todos los Cuerpos Militares, Jefes, Prelados, Religiosos, y Vecinos juraron en el mismo acto obediencia y fidelidad a dicha Junta instalada así en nombre del señor Don Fernando Séptimo a quien estará siempre sujeta, conservando las autoridades constituidas en sus respectivos destinos, y empleados en sus respectivos destinos: Y habiéndose pasado oficio al Tribunal de la Real Audiencia para que prestase el mismo reconocimiento el día de mañana diez y nueve del corriente (por haberse concluido las diligencias relacionadas a la hora intempestiva de las tres de la tarde) resolvieron dichos señores se extendiese esta Acta y publicase en forma de Bando Solemne, se fijase para mayor notoriedad en los lugares acostumbrados, y se circulasen testimonios con los respectivos oficios a todas las Ciudades y Villas del Reino. Así lo acordaron y firmaron de que doy fe- José Miguel Infante. Procurador General” (Gustavo Fiamma Olivares, transcripción textual del manuscrito publicado por don José Toribio Medina).

(J.T. Medina, El Acta del Cabildo Abierto del 18 de Septiembre de 1810, Imprenta Particular, Santiago de Chile, 1910).

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